Se pone en conocimiento que en el BOE de fecha 3 de abril de 2020, ante la situación del COVID-19, en los procedimientos administrativos a los que hace referencia el anexo I del documento adjunto (matriculación ordinaria y cambio de titular de vehículos), cuando no sea posible la acreditación material de alguno de los requisitos por requerir necesariamente una tramitación no telemática, los solicitantes podrán suscribir excepcionalmente una declaración responsable, conforme al anexo II del documento adjunto, de conformidad con la Orden INT/317/2020, de 2 de abril, que desarrolla el RD 463/2020
lunes 09 diciembre 2024 04:28 horas