lunes 24 marzo 2025 06:12 horas

PLENOS

El Pleno, integrado por todos los Concejales, es presidido por el Alcalde.

Corresponden en todo caso al Pleno Municipal en todos los Ayuntamientos, las atribuciones que se establecen en el artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local.

En la sesión plenaria extraordinaria celebrada el 27 de junio de 2019  se acordó que se celebrarán sesiones ordinarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y el art. 78.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, con carácter periódico, uno cada tres meses, correspondiendo a las 20,00 horas del segundo jueves de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. Si los días mencionados fueran festivos, pasarían al inmediato hábil posterior.

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