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SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO

DEFINICIÓN:

El Servicio de Ayuda a Domicilio es una prestación técnica de los Servicios Social de Atención Primaria. Se trata de un conjunto de intervenciones profesionales de carácter preventivo, educativo, asistencial, rehabilitador y promocional, que tiene por objeto la atención de las situaciones de dependencia en el entorno del domicilio habitual.

El objetivo es posibilitar la permanencia en el domicilio de las personas necesitadas de apoyo, evitando internamientos innecesarios, complementando la labor de la familia, cuando ésta, por diferentes situaciones, tenga dificultades para atender esas situaciones de necesidad.

SERVICIOS QUE OFRECE:

a) ATENCIÓN PERSONAL en la realización de actividades de la vida diaria, que comprende como mínimo las siguientes tareas:

  1. Ayuda para levantarse o acostarse.
  2. Aseo e higiene personal.
  3. Ayuda para vestirse y calzarse.
  4. Ayuda para comer y en el control de la alimentación.
  5. Ayuda en la realización de cambios posturales.
  6. Apoyo a personas afectadas de incontinencia.
  7. Apoyo en la movilidad dentro del domicilio (transferencia de cama a sillón, traslado entre habitaciones, y análogas).
  8. En personas con alto riesgo de aparición de úlceras por presión, apoyo en la prevención mediante una correcta higiene, cuidado de la piel y cambio postural.
  9. Apoyo en la movilidad en el entorno   

 

b) ATENCIÓN DE LAS NECESIDADES DOMÉSTICAS O DEL HOGAR , como mínimo deberá ofrecer las siguientes tareas:

  1. Limpieza de la vivienda.
  2. Preparación de alimentos en el domicilio o servicio de comida a domicilio.
  3. Lavado, tendido, planchado, secado (o servicio de lavandería a domicilio), repaso y ordenación de la ropa.
  4. Compra de alimentos, de medicación recetada por servicio sanitario, de ropa básica y de otros productos de uso común, a cargo de la persona usuaria.
  5. Tareas de mantenimiento básico habitual de utensilios domésticos y de uso personal (cambio de bombillas, sustitución de pilas, cambio de bolsa de aspirador, relleno de dispensador de jabón, y similares)

 

DESTINATARIOS:

  • Personas en situación de urgencia social.
  • Personas que tengan reconocido grado de dependencia.
  • Personas que tengan solicitado reconocimiento de la situación de dependencia.
  • Personas que no se encuentran en situación de dependencia funcional, pero que tienen dificultades para desenvolverse con autonómica en su domicilio y entorno habitual.

 

REGULACIÓN NORMATIVA:

  Ordenanza Fiscal Reguladora de la Participación Económica de las personas usuarias del Servicio de Ayuda a Domicilio en Ajofrín. 

(Aprobada el 29 de Noviembre de 2.001.

Modificada el  20 de Marzo de 2014.) 

 Ley 14/2010, de 16 de diciembre de Servicios Sociales de      Castilla La Mancha.

Ley 39/2016, de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Decreto 3/2016, de 26/01/2016 por el que se establece el catálogo de servicios y prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en C-LM y se determina la intensidad de los servicios y el régimen de compatibilidades aplicable.

Orden de 18/06/2013, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, de los requisitos y el procedimiento de acreditación de los servicios de atención domiciliaria de C-LM.

SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO

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